Bienvenid@s al blog de los Polivalentes.


Este blog pretende servir como herramienta de apoyo e intercambio de ideas sobre los distintos conceptos que iremos desarrollando en los módulos formativos del curso Administrativo Polivalente para PYMES. Semanalmente iremos introduciendo nuevas entradas al blog, donde expondremos ideas y nuevos conceptos relativos al módulo formativo en que nos encontremos.

El motivo de este blog no es solo el de aportar nuevos contenidos, sino promover la participación de todos los alumnos e incentivar el trabajo grupal. Por ello pedimos vuestra colaboración y espero aportéis vuestras ideas y experiencias. Todas las entradas estarán permanentemente abiertas a nuevas aportaciones, sin restricciones en el tiempo, para poder así hacerlo un documento vivo y en constante crecimiento. Lo dicho, esperamos vuestra participación, y ánimo.

jueves, 26 de julio de 2012

Impuesto Sobre el Valor Añadido: Modelo 303

Estarán obligados a declarar IVA:
Los sujetos pasivos que realicen actividades a las que apliquen el Régimen general del Impuesto o cualquier otro de los Regímenes del mismo, a excepción del Régimen especial de agricultura, ganadería y pesca, del Régimen de recargo de equivalencia y del Régimen simplificado.
Los sujetos pasivos que además de este tipo de actividades realicen otras a las que apliquen el Régimen simplificado, presentarán únicamente el modelo de declaración existente para estos casos (Modelos 370 y 371).
La presentación será obligatoria por vía telemática a través de Internet para aquellos sujetos pasivos que tengan forma jurídica de sociedad anónima o sociedad de responsabilidad limitada.

Presentación Telemática Modelo 303
Instrucciones para la cumplimentación

lunes, 23 de julio de 2012

Resumen de las Modificaciones Fiscales establecidas por el Real Decreto-ley 20/2012 de 13 de Julio de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad.

1.- Introducción
El pasado 14 de julio se ha publicado este Real Decreto-ley en el que se recogen las medidas acordadas en el Consejo de Ministros del día anterior.

2.- Modificaciones en el IRPF (art. 25 RD-ley)

El Confirming

El confirming es un tipo de servicio financiero ofrecido por ciertas entidades consistente en gestionar los pagos de una empresa a sus proveedores, y que incluye para el acreedor la posibilidad de cobrar las facturas con anterioridad a su fecha de vencimiento. El confirming es un servicio de gestión de pagos y no de deudas.

A priori parece que ceder nuestros pagos a un tercero no tiene mucho sentido, habida cuenta de que dicho tercero lo que adquiere es una obligación de pago, sin embargo podemos afirmar que esto es un negocio para ambas partes:




domingo, 22 de julio de 2012

El pagaré

El Pago con el móvil

La Empresa debe proporcionar diversas formas de pago

Las tarjetas de crédito

La Transferencia Bancaria




A pesar de que la nueva ley de servicios de pagos dispone que las transferencias ordinarias se abonarán en 24 horas hábiles como máximo en la cuenta destinataria si ambas cuentas son de territorio nacional, nos podemos encontrar con la necesidad de realizar una transferencia urgente de una cuenta a otra de tal manera que esté el dinero disponible en la misma cuenta de abono el día que se hace la transferencia. El mecanismo para realizar una transferencia urgente es una orden de movimiento de fondos u OMF, operaciones que también se conocen con el nombre de transferencias vía Banco de España. Este tipo de transferencias urgentes u órdenes de movimiento de fondos no se canalizan por el sistema ordinario de compensación y liquidación de movimientos entre entidades financieras, SNCE-2, sino que utilizan el sistema sistema TARGET2 de movimientos entre cuentas de tesorería del Banco de España entre dos entidades financieras.